Habra multa de Bs 660 por no votar y por circular en vehículo sin autorización el día de las elecciones
Los notarios electorales que no cumplan con sus funciones
deben pagar una multa de Bs 1650.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dispuso la aplicación de
una multa de Bs 660 para las personas que no emitan su voto, no presenten el
certificado de sufragio, circulen en vehículos sin autorización o incumplan
disposiciones electorales durante la jornada electoral del domingo 22 de marzo.
De igual forma, la misma sanción de Bs 660 se aplicará a
funcionarios de entidades financieras que no exijan el certificado de sufragio
en los casos establecidos por ley y para quienes no se inscriban en el padrón
electoral o lo hagan con datos incompletos deberán pagar Bs 330 (10 % del
salario mínimo).
Las sanciones están establecidas en el artículo 236 de la
Ley 026 y la Resolución 428/2024 sobre faltas y sanciones electorales,
establece multas para jurados, notarios, servidores públicos y ciudadanos que
incumplan sus obligaciones durante la jornada electoral.
Las penalizaciones fueron determinadas en función al salario
mínimo nacional vigente y se aplicarán según la gravedad de las infracciones.
De acuerdo a normativa electoral, los jurados electorales
que incurran en faltas como negarse a firmar el acta electoral, no consignar
resultados, no asistir injustificadamente, abandonar la mesa de sufragio o no
reportar irregularidades, deberán pagar una multa equivalente al 50% del salario
mínimo, es decir, Bs 1.650.
Por otro lado, las faltas consideradas de carácter
intermedio, como ausentarse temporalmente sin autorización, no devolver el
material electoral o incumplir los horarios de votación, serán sancionadas con
una multa del 30 % del salario mínimo, equivalente a Bs 990.
Los notarios electorales que no cumplan con sus funciones,
como asistir a la organización y capacitación de jurados, brindar apoyo el día
de la votación o realizar reportes en los sistemas de monitoreo, deberán pagar
una multa del 50 % del salario mínimo (Bs 1.650).
Esta sanción también se aplicará también a quienes no
distribuyan oportunamente el material electoral a las mesas de sufragio.
Bajo la misma norma, en cuanto a los servidores públicos, aquellos que circulen en vehículos oficiales sin autorización el día de la elección o no exijan el certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores serán sancionados con el 20% del salario mínimo, equivalente a Bs 660.
Fuente:
- larazon.bo

