De ser aprobada la Ley de excepción, el gobierno tendrá estas facultades para controlar el orden interno del país
La Cámara de Senadores aprobó este domingo, en sus
estaciones en grande y detalle, el proyecto de ley que abroga la Ley 1341 de
Estados de Excepción y remitió la norma a la Cámara de Diputados para su tratamiento
como cámara revisora.
La Ley 1341, promulgada en 2020, reglamenta la aplicación
del estado de excepción en Bolivia y establece límites para el uso de medidas
extraordinarias por parte del Ejecutivo. Entre sus disposiciones, señala que
los conflictos internos y movilizaciones sociales no constituyen, por sí solos,
una amenaza a la seguridad del Estado.
En la normativa actual establecida por la CPE el Presidente puede declarar el estado de
excepción, en todo o parte del territorio, mediante Decreto Supremo en Consejo
de Ministros. Debe comunicarlo a la Asamblea Legislativa Plurinacional dentro de
24 horas y este órgano tiene hasta 72
horas para aprobarlo o rechazarlo. Si la Cámara de Diputados aprueba la reforma
planteada este fin de semana, ya no sería necesaria la aprobación congresal.
La aprobación debe indicar las facultades conferidas y
guardar proporción con la necesidad. La vigencia máxima inicial es de 60 días,
prorrogable solo con aprobación legislativa. Terminado el estado de excepción,
no se puede declarar otro dentro del siguiente año sin autorización legislativa
previa.
Qué facultades tiene
el Gobierno una vez aprobado:
Usar a las Fuerzas Armadas: La Ley 1341 de Estados de
Excepción permite al Ejecutivo recurrir a las FFAA para reestablecer el orden,
controlar disturbios civiles y adoptar medidas de emergencia.
El Decreto debe expresar expresamente qué derechos se
suspenden o limitan, el ámbito territorial, la duración y la cuantía máxima de
sanciones pecuniarias.
La Constitución prohíbe suspender en ningún caso: garantías
del debido proceso, derecho a la información, derechos de personas privadas de
libertad, derechos fundamentalísimos. Dictar medidas de emergencia en materia
de orden público y servicios esenciales. El Ejecutivo debe rendir cuentas a la
ALP sobre los motivos y el uso de las facultades. Aprobado el estado de
excepción, el Gobierno puede sacar militares a la calle, restringir algunos
derechos de forma proporcional y dictar medidas de emergencia. Pero no puede
tocar el debido proceso, la libertad de información ni los derechos de
detenidos.

